Para la Iglesia, la cremación es legítima, pero debe respetarse las cenizas
"Instrucción" de la Congregación para la Doctrina de la Fe. Preferencia por el entierro, "porque con ella se muestra un mayor aprecio por los muertos", pero confirma la legalidad de la cremación, a condición que no niegue la doctrina cristiana. Las cenizas no pueden quedarse en casa, o dispersarse, dividirse, ni ser usadas para fabricar objetos.
Ciudad del Vaticano (AsiaNews) - La Iglesia Católica, aunque "todavía prefiere el entierro de los cuerpos, porque con ella se muestra un mayor aprecio por los muertos" no prohíbe la cremación, a condición que no se niegue la doctrina cristiana - en especial la resurrección - y mantener el debido respeto a las cenizas de los muertos, preservándolas en un lugar sagrado, no dispersarlas y no dividirlas. La posibilidad de recurrir, bajo ciertas condiciones, a la cremación, que la Iglesia Católica ha admitido desde 1963, fue confirmada por una "instrucción" de la Congregación para la Doctrina de la Fe hecha pública hoy y que se estima necesaria por la propagación de "nuevas ideas en conflicto con la fe".
El documento, titulado “Ad resurgendum cum Christo”, de hecho, afirma que la posibilidad de la cremación - transpuesta en el Código de Derecho Canónico (1983) y el Código de cánones de las Iglesias orientales (1990) - "No se puede permitir, por lo tanto, actitudes y rituales que impliquen conceptos erróneos de la muerte, considerada como anulación definitiva de la persona, o como momento de fusión con la Madre naturaleza o con el universo, o como una etapa en el proceso de re-encarnación, o como la liberación definitiva de la “prisión” del cuerpo.
La instrucción empieza señalando que "la resurrección de Jesús es la verdad culminante de la fe cristiana, predicada como una parte esencial del misterio pascual desde los orígenes del cristianismo", "A través de su muerte y resurrección, Cristo nos ha liberado del pecado y nos dio acceso a una nueva vida" y "gracias a Cristo, la muerte cristiana tiene un sentido positivo. La liturgia de la Iglesia reza: "A todos los fieles, Señor, la vida no es quitada sino que se transforma; y mientras destruye la casa de nuestra morada terrenal la eterna se prepara en el cielo". En la muerte, el alma se separa del cuerpo, pero en la resurrección Dios devolverá la vida incorruptible a nuestro cuerpo, transformado por el reencuentro con nuestra alma. En nuestros días, la Iglesia está llamada a proclamar la fe en la resurrección: «La resurrección de los muertos es esperanza de los cristianos; somos cristianos por creer en ella»".
"Siguiendo la antiquísima tradición cristiana, la Iglesia recomienda insistentemente que los cuerpos de los difuntos sean sepultados en los cementerios u otros lugares sagrados[4].
En la memoria de la muerte, sepultura y resurrección del Señor, misterio a la luz del cual se manifiesta el sentido cristiano de la muerte[5], la inhumación es en primer lugar la forma más adecuada para expresar la fe y la esperanza en la resurrección corporal". " Además, la sepultura en los cementerios u otros lugares sagrados responde adecuadamente a la compasión y el respeto debido a los cuerpos de los fieles difuntos, que mediante el Bautismo se han convertido en templo del Espíritu Santo y de los cuales, «como herramientas y vasos, se ha servido piadosamente el Espíritu para llevar a cabo muchas obras buenas»". "Por último, el entierro de los cuerpos de los difuntos en los cementerios u otros lugares sagrados promueve el recuerdo y la oración por los difuntos de la familia y de toda la comunidad cristiana, y la veneración de los mártires y de los santos".
"Cuando razones de tipo higiénicas, económicas o sociales lleven a optar por la cremación, ésta no debe ser contraria a la voluntad expresa o razonablemente presunta del fiel difunto, la Iglesia no ve razones doctrinales para evitar esta práctica, ya que la cremación del cadáver no toca el alma y no impide a la omnipotencia divina resucitar el cuerpo y por lo tanto no contiene la negación objetiva de la doctrina cristiana sobre la inmortalidad del alma y la resurrección del cuerpo. La Iglesia sigue prefiriendo la sepultura de los cuerpos, porque con ella se demuestra un mayor aprecio por los difuntos; sin embargo, la cremación no está prohibida, «a no ser que haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana»".
En consecuencia, el documento afirma que "Si por razones legítimas se opta por la cremación del cadáver, las cenizas del difunto, por regla general, deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente”. Esto es "reducir el riesgo de la eliminación de los muertos a la oración y el recuerdo de los familiares y de la comunidad cristiana"
Por estas razones, "no está permitida la conservación de las cenizas en el hogar. Sólo en casos de graves y excepcionales circunstancias, dependiendo de las condiciones culturales de carácter local, el Ordinario, de acuerdo con la Conferencia Episcopal o con el Sínodo de los Obispos de las Iglesias Orientales, puede conceder el permiso para conservar las cenizas en el hogar. Las cenizas, sin embargo, no pueden ser divididas entre los diferentes núcleos familiares y se les debe asegurar respeto y condiciones adecuadas de conservación”.
El documento, por último, simplemente sobre la base de las consideraciones anteriores, establece que "Para evitar cualquier malentendido panteísta, naturalista o nihilista, no sea permitida la dispersión de las cenizas en el aire, en la tierra o en el agua o en cualquier otra forma, o la conversión de las cenizas en recuerdos conmemorativos, en piezas de joyería o en otros artículos, teniendo en cuenta que para estas formas de proceder no se pueden invocar razones higiénicas, sociales o económicas que pueden motivar la opción de la cremación. En el caso de que el difunto hubiera dispuesto la cremación y la dispersión de sus cenizas en la naturaleza por razones contrarias a la fe cristiana, se le han de negar las exequias, de acuerdo con la norma del derecho".
17/12/2016 13:14
25/03/2016 13:32